Ocurrió en Tucumán, una niña de nueve años, se negó a elegir entre uno de los dos hombres que reconoce como padres. Fue luego de que el progenitor biológico impugnara la filiación reconocida por otra pareja de la madre.
Una niña tucumana que «no quería elegir entre sus dos papás» ahora tiene legalmente una madre y dos padres por decisión de una jueza que produjo el primer fallo de triple filiación o pluriparentalidad, en el que no están involucradas ni la adopción de integración ni las técnicas de fertilización asistida.
«Para poder dar una solución jurídica a este caso, no sólo tuvimos que mirar más allá de la apariencia, sino también tuvimos que deshacernos de nuestros prejuicios y estereotipos para conectar realmente con las personas que participan en esta historia», dice en su sentencia la jueza Mariana Rey Galindo, del Juzgado de Familia y Sucesiones de única nominación del Centro Judicial Monteros.
La Justicia intervino a partir de la demanda interpuesta por el padre biológico pero no registral de la niña -a quien llamaremos Roberto-, para ser reconocido legalmente como su progenitor, impugnando en la misma acción la filiación paterna de Jorge, también ex pareja de la madre de la July (nombre ficticio), que reconoció a la nena como propia.
El fallo se conoció el pasado 6 de febrero pasado, la jueza resolvió reconocer «la constitución pluriparental» de esta familia de cuatro, concederle a Roberto el derecho de ser reconocido legalmente como padre de July, pero conservando también el mismo status para Jorge y ordenar al Registro Nacional de las Personas emitir una nueva acta de nacimiento para la niña, donde aparezcan sus dos padres «en el cuerpo del texto» y sin hacer uso de anotaciones al margen.
Aunque en el país existen antecedentes de reconocimiento de «triple filiación» desde 2015, el fallo de Díaz Galindo tiene la particularidad de ser el primero en el que «la pluriparentalidad se plantea en lo que conocemos como la familia biológica», explicó la magistrada.