POR: Cra. Marcela Magnani
MP 10-12106-3
Perito Contable Oficial – Tribunales Pciales Cba – MP 2229
Tel: 351-5211072
La modernización laboral ya es un hecho en nuestro país. Los cambios ya se están sintiendo.
Luego de muchos años que las Pymes de distintas áreas manifestaron la imposibilidad de contratar personal necesario, para el desarrollo de su actividad, dado el alto costo en seguridad social que ello traía aparejado y por consiguiente que derivara alimentar de manera interminable la matriz juicios laborales debido a la informalidad latente. El gobierno nacional no hizo caso omiso a ese reclamo y avanzó en un cambio que hoy comienza a dar sus primeros pasos para regularizar y organizar la actividad independiente, facilitando así el cumplimiento de las obligaciones tributarias y laborales.
¿En qué consiste?
- Un trabajador independiente puede tener hasta tres (3) colaboradores, también independientes, de manera simultánea para llevar a cabo uno o más emprendimientos productivos.
- No genera vínculo de dependencia, es decir es una relación autónoma
- El colaborador independiente, puede tomar el rol de trabajador independiente de su propio emprendimiento productivo.
- Cualquiera de las partes (trabajador independiente /colaborador) puede romper el vínculo de colaboración
¿Cómo inscribirse?
ARCA (ex AFIP), habilitó el servicio de Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores (PADIC), en la pagina web: www.afip.gov.ar, con clave fiscal nivel 3 y registrar los siguientes datos:
- Informar sus emprendimientos productivos
- Fecha de inicio y de finalización
- Domicilio de la actividad
- Actividad desarrollada
- Cuit de los colaboradores
Una vez efectuada la inscripción, los trabajadores independientes y sus colaboradores recibirán una notificación en su Domicilio Fiscal Electrónico que deberán confirmar o rechazar, dentro de las 72 hs, su participación en el emprendimiento.
La confirmación por parte de los colaboradores tendrá el carácter de Declaración Jurada
¿Se debe abonar algo?
Tanto el trabajador independiente como sus colaboradores deben estar inscriptos previamente en el régimen general impositivo o en el régimen de pequeños contribuyentes
(Monotributo) y pagar mensualmente las cotizaciones correspondientes. Esto implica una responsabilidad fiscal por parte de los colaboradores.
La creación de PADIC representa un paso importante hacia la formalización de las actividades autónomas. Esta iniciativa responde a una necesidad de orden, control y transparencia en las relaciones laborales, beneficiando tanto a trabajadores independientes como colaboradores.